Represión del disenso: aislamiento y tortura

escrito por Ivette García González

La represión en Cuba tiene diversas formas, que no excluyen la tortura y el aislamiento. Ello se ha exacerbado en los últimos años, y agrava nuestro daño antropológico. Visibilizar y condenar tal situación hace justicia a las víctimas y explica nuevos posicionamientos disidentes posteriores al 11-J.

El aislamiento social, que tiene disímiles causas y formas, va contra la naturaleza del ser humano. Es particularmente nocivo cuando se integra a la violencia institucional en contextos restrictivos de libertad y violaciones de derechos humanos.

La tortura y la amenaza de provocarla son las expresiones más graves de la violencia institucional. Supone causar intencionadamente sufrimiento físico o psicológico a las personas para someterlas, intimidarlas o coaccionarlas, extraerles información, castigarlas por lo que hicieron o por sospechar que así fue. La Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, resalta que la inflige «un funcionario público u otra persona en ejercicio de funciones públicas, a instigación suya o con su consentimiento o aquiescencia».

Aislamiento y tortura en Cuba

Algunos tipos de tortura son: por posición; sexual; por condiciones —celdas muy pequeñas, antihigiénicas o sin atención médica, amenazas e insultos, realización de actos humillantes, acusaciones falsas, amenazas de muerte o de aplicación de otro tipo de torturas, de daños a la familia o personas queridas—; exposición a temperaturas extremas, al hambre o la sed; privación del sueño y aislamiento.

Esta última consiste en la pérdida de contacto con el mundo exterior, ya sea por mantener a la víctima sola, en celda o sala de hospital —aun cuando tenga interacción por corto tiempo con otras personas—, o por privársele de sonidos, luz u otros. Es peligrosa porque facilita la impunidad de las autoridades.

El aislamiento provoca desorientación temporal-espacial y daños físicos y psíquicos que pueden ser irreversibles. Genera el estado psicológico de vivir en soledad, que se asocia a múltiples emociones negativas, de ahí la necesidad de mecanismos compensatorios. Por eso incluso existen regulaciones a nivel penitenciario, donde es frecuente se aplique cuando se trata de delitos políticos.

Represión (2)

El aislamiento provoca desorientación temporal-espacial y daños físicos y psíquicos que pueden ser irreversibles. (Imagen: kaosenlared)

En Cuba la represión pasó de selectiva a masiva. Que sea inferior a la conocida en otros países no le resta importancia, es igualmente violatoria de derechos humanos. Existen numerosos testimonios de prácticas como las mencionadas contra manifestantes del 11-J en unidades policiales y prisiones; y también en momentos anteriores.

Igualmente se sabe de encerramiento de personas en patrulleros bajo el sol y en camiones; reclusión domiciliaria sin causa formada; amenazas a disidentes, familiares y amigos; detenciones arbitrarias sin información a familias ni facilidad para representación legal, y ubicación de presos lejos de sus provincias. Esas y otras prácticas, como el somatón, califican como tortura y evidencian la indefensión ciudadana.

Algunos agravantes

Determinadas circunstancias constituyen agravantes: 

1.- Frecuencia de situaciones problemáticas que pueden derivar en torturas, como la demora y la detención policial. Sobre todo la segunda, que se puede usar para incomunicar al detenido, dilatar o impedirle asistencia legal, demorar revisión médica y visita de familiares. Propicia tratos crueles, vejaminosos o degradantes. 

2.- Insuficiente conciencia cívica, debilidad de la sociedad civil e inmovilismo, que no favorece una respuesta ciudadana eficaz. Muchos optan por callar, no creer, no informarse, mirar hacia afuera o minimizar tales hechos. 

3.- Desinformación, mentira y manipulación en los medios masivos de comunicación, que sustentan la represión y la impunidad. Sirvan dos ejemplos:

-El programa de televisión Hacemos Cuba (16 de junio), en el que Humberto López presentó la «defensa inmediata» como un «mito». Recomiendo la excelente réplica difundida por El Toque, donde el jurista Eloy Viera Cañive argumentó además que Cuba incumple hace décadas las cuatro salvaguardias que constituyen estándares internacionales para prevenir la tortura y los malos tratos.

-El texto sobre los procesos penales relacionados con el 11-J que publicó  Cubadebate (4 de agosto), con información de la Fiscalía General de la República. Sobran contradicciones con múltiples testimonios. Cuando menos resulta extraño que de sesenta y dos procesados, solamente uno fuera absuelto; que apenas el 35.4% tuviera abogado y que en ninguna de las denuncias contra el MININT investigadas, se haya detectado violaciones a la legalidad. 

Para contrarrestar el fenómeno

No es cualquier error, se trata de justicia y derechos humanos. Sería recomendable que el Partido/Gobierno/Estado:

1.- Ratificara los dos pactos principales de derechos humanos: el de derechos económicos y sociales y el de derechos cívicos y políticos.

2.- Hiciera valer su compromiso como Estado Parte de la Convención Contra la Tortura… y firmara también su Protocolo Facultativo, aprobado por la ONU desde 2002.

3.- Reconociera el problema y sustituyera el silencio o el negacionismo por acciones propias y recomendadas en otros países:  

a) Impedir que sus agentes torturen y condenar públicamente cualquier manifestación de este tipo o proclive a ella, así como renunciar al aislamiento de detenidos y ciudadanos en general por su disidencia.

b) Informar al pueblo acerca de sus derechos frente a la detención y la prisión, en particular sobre la presentación de denuncias —con garantías— por malos tratos.

c) Inspeccionar sistemáticamente las unidades policiales y prisiones, y autorizar a organizaciones de la sociedad civil para hacerlo.

d) Responder con urgencia, transparencia y responsabilidad a las denuncias de tortura o malos tratos.

e) Diseñar folletos e implementar programas de capacitación para los miembros de la policía y fuerzas de seguridad sobre estos temas y derechos humanos.

f) Ofrecer asesoramiento jurídico inmediato a los detenidos.

Continuar negando o minimizando la represión en Cuba impide superarla. Veamos tres realidades:

1) En 1958 había en Cuba catorce prisiones y hoy existen más de 300; 2) la emigración no llegaba entonces al 2% y ya pasa del 20, y 3) la escalada represiva se ejerce sobre una ciudadanía con profundos daños psicosociales acumulados e incrementados durante la pandemia.

No valen las comparaciones cuando de represión y violación de derechos se trata. Los actos represivos, incluyendo el aislamiento y otras formas de tortura, son condenables. Ellos laceran profundamente la condición humana, agudizan la tensión social y ahondan el disenso, porque la represión es el límite para cualquier persona honesta. Así no se construye un país, menos un proyecto en nombre de la Revolución y el socialismo.

AUTORA

Ivette García González*Ivette García González, La Habana, 1965. Doctora en Ciencias Históricas por la Universidad de La Habana (2006), Profesora Titular por el Instituto Superior de Relaciones Internacionales (ISRI) “Raúl Roa García” e Investigadora Titular del Instituto de Historia de Cuba. Actualmente docente e investigadora de la Casa de Altos Estudios Fernando Ortiz de la Universidad de La Habana. Autora de varios libros. Fungió como diplomática en la Embajada de Cuba en Lisboa (2007-2011). Preside la Sección de Literatura Histórica y Social de la Asociación de Escritores de la UNEAC y es miembro de la Asociación Cubana de Naciones Unidas (ACNU), de la Unión de Historiadores de Cuba (UNHIC), la Asociación de Historiadores Latinoamericanos y Caribeños (ADHILAC) y la Sociedad Económica de Amigos del País (SEAP).

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